Resumen de la Ley de Educación Nacional Nº 26206

RESUMEN LEY DE EDUCACIí“N NACIONAL Nº 26206 Diciembre 2006 Ideas Fundamentales

ï‚· Derecho a enseñar y a aprender consagrado constitucionalmente

ï‚· La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado.

ï‚· La Educación es una prioridad nacional. Polí­tica de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberaní­a e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadaní­a democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico – social
de la Nación.

ï‚· El Estado nacional y las provincias tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad.

ï‚· El Estado Nacional fija la polí­tica educativa y controla su cumplimiento con la finalidad de consolidar la unidad nacional, respetando particularidades.

ï‚· Son responsables de las acciones educativas el Estado Nacional, las Provincias, los municipios, las confesiones religiosas reconocidas oficialmente y las organizaciones de la sociedad; y la familia, como agente natural y primario.

ï‚· El presupuesto designado a educación no puede ser menor al 6% del PBI.

ï‚· El Estado se abstiene de concebir la educación como un servicio lucrativo o como forma de mercantilización.

ï‚· Fines de la Educación: calidad educativa; igualdad de oportunidades; educación integral; acceso al mercado laboral y a estudios superiores; formación ciudadana de acuerdo a valores éticos y democráticos: libertad, solidaridad, ddhh, preservación del patrimonio natural y cultural; fortalecer la
identidad nacional, respetando la diversidad cultural; prioridad a sectores desfavorecidos; garantizar los derechos del niño; garantizar la permanencia; participación democrática de los actores; concebir la cultura del trabajo; manejo de nuevos lenguajes; propuestas pedagógicas para discapacitados; respeto
a la identidad cultural aborigen; promover una sexualidad responsable; prevenir las adicciones; formación artí­stica y cultural; combatir la discriminacion

ï‚· Creación y administración de establecimientos educativos estatales. Financiación de las universidades nacionales.

ï‚· Reconocimientos y autorización de escuelas de gestión privada

ï‚· El Sistema Educativo Nacional (SEN) es el “conjunto organizado de servicios y acciones educativas reguladas por el Estado que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación”.

ï‚· Estructura unificada del SEN para asegurar su ordenamiento y cohesión.

ï‚· OBLIGATORIEDAD: se extiende desde los 5 años hasta la finalización de la escuela secundaria.

ï‚· ESTRUCTURA DEL SEN: 4 NIVELES: 1.INICIAL, 2. PRIMARIO, 3. SECUNDARIO, 4. SUPERIOR

ï‚· 8 MODALIDADES: 1. Tí‰CNICO – PROFESIONAL, 2. ARTíSTICA, 3.ESPECIAL, 4.
PERMANENTE DE Jí“VENES Y ADULTOS, 5. RURAL, 6.INTERCULTURAL BILINGíœE, 7.EN CONTEXTOS DE PRIVACIí“N DE LA LIBERTAD, 8. DOMICILIARIA Y HOSPITALARIA.

ï‚· Rí‰GIMEN DE EDUCACIí“N INICIAL: Desde los 45 dí­as hasta los 5 años, siendo obligatorio el último año. El Estado y las Provincias deben universalizar la educación para los niños de 4 años. Se detallan los objetivos del nivel educativo, las responsabilidades del Estado frente al mismo y sus
caracterí­sticas.

ï‚· Rí‰GIMEN DE EDUCACIí“N PRIMARIA: desde los 6 años. Proporciona una formación integral, básica y común. Se detallan los objetivos del nivel. Su jornada es extendida o completa para asegurar los objetivos.

ï‚· Régimen secundario: jóvenes que hayan cumplimentado con la educación primaria. Habilita para el ejercicio pleno de la ciudadaní­a, el trabajo y la continuidad de sus estudios. Se detallan sus objetivos. Se divide en dos ciclos:
CICLO BíSICO: común
CICLO ORIENTADO: diversificado por áreas.

El Consejo Federal de Educación (CFE) fijará: Los criterios organizativos y pedagógicos comunes y núcleos de aprendizaje prioritarios a nivel nacional.

ï‚· Acompañamiento de tutores. ï‚· 25 hs semanales de clase. ï‚· Constitución de equipos docentes estables. ï‚· Creación de espacios extracurriculares ligadas al arte y la educación fí­sica. ï‚· Inclusión de adolescentes no escolarizados. ï‚· Intercambio de estudiantes y desarrollo de actividades de
voluntariado juvenil. ï‚· Conformación de gabinetes interdisciplinarios para la atención psí­quica y fí­sica de los jóvenes.
Las autoridades jurisdiccionales propiciarán la vinculación de las escuelas secundarias con el mundo del trabajo.

ï‚· INFORMACIí“N Y EVALUACIí“N DEL SE: El ME y el CFE evaluarán e implementarán una polí­tica de información y evaluación continua y periódica del SE con respecto a las principales variables de funcionamiento del sistema: cobertura, repetición, deserción, egreso, promoción, sobriedad, origen
socioeconómico, inversiones y costos. Se publicarán datos e indicadores que faciliten la transparencia y la buena gestión. Se crea el Instituto Nacional de Calidad de la Educación en el ME como órgano de asesoramiento.
ï‚· EDUCACIí“N, NUEVAS TECNOLOGíAS Y MEDIOS DE COMUNICACIí“N: El Poder Ejecutivo Nacional (PEN) a través del ME desarrollará opciones educativas basadas en el uso de Ciencia y Tecnologí­a. Se reconoce a Educ.ar, Sociedad del Estado como la responsable de los contenidos del Portal Educativo y
a través de Encuentro, de la producción de programas televisivos y multimedial para mejorar la calidad educativa.

ï‚· GOBIERNO Y ADMINISTRACIí“N: Es una responsabilidad del PEN a través del ME y de los PE provinciales. El organismo de concertación de la polí­tica educativa es el CFE.

ï‚· El ME: Fija las polí­ticas y estrategias educativas. Asegura el cumplimiento de la presente ley. En caso de controversia juridisccional se someterá la cuestión al CFE. Fortalece la gestión educativa de los gobiernos provinciales. Desarrolla programas de investigación, formación de formadores e
innovación educativa. Asiste técnica y financieramente a las provincias. Declara la emergencia educativa en jurisdicciones en riesgo. Dicta normas sobre equivalencias en planes de estudios de las jurisdicciones y sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de tí­tulos extranjeros. Gestionar la
cooperación financiera internacional y promover la integración con los paí­ses del MERCOSUR.

ï‚· El CFE: Organismo interjurisdiccional de carácter permanente, ámbito de concertación, acuerdo y coordinación de la polí­tica educativa nacional. Presidido por el Ministro de Educación y por las autoridades de la conducción educativa de cada jurisdicción y 3 representantes del Consejo de
Universidades.

ï‚· í“rganos que lo integran: Asamblea Federal, órgano superior. Integrado por el Ministro de Educación de la Nación y por los ministros provinciales y 3 representantes del Consejo de Universidades.

ï‚· Comité Ejecutivo presidido por el Ministro de Educación de la Nación y por miembros representantes designados por la Asamblea Federal cada dos años.
ï‚· Secretarí­a General: conduce y coordina actividades y estudios.

ï‚· Sus resoluciones son obligatorias cuando la Asamblea así­ lo disponga.

ï‚· Autoridades Educativas de las Provincias: Aseguran el derecho a la educación en su ámbito territorial. Cumplir y hacer cumplir la presente ley. Planifican, organizan, administran y financian el SE de su jurisdicción. Aprueban el currí­culo de los diversos niveles y modalidades. Organizan y conducen
las instituciones educativas de gestión estatal. Autorizan y supervisan las instituciones de gestión privada. Aplican las resoluciones del CFE para resguardar la unidad del SEN.

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