Nuestra maternidad y paternidad vivida en plenitud

Rosario, 11 de marzo de 2011. Redefiniciones culturales y de practicas cotidianas, junto con las exigencias de nuevos derechos, nos encuentran con el desafió de contribuir, como representantes de miles de trabajadores y trabajadoras, al aporte de una sociedad mas equitativa en el plano laboral, social, económico, familiar, y polí­tico.

Compartir FBLas licencias maternales y paternales corresponde a un derecho irrenunciable por parte de las y los trabajadores. Significan la ausencia de los y las trabajadoras por una cierta cantidad de dí­as fijos, pero que a diferencia de las licencias por enfermedad común o por accidente de trabajo, le permiten al empleador anticiparse y re adecuar a su personal durante el periodo en que la trabajadora se encuentre con pre y pos natal.

La Ley Nacional 20744, estipula 90 dí­as de licencia a la trabajadora publica, docentes publicas y privadas, con un mí­nimo de 30 dí­as antes de la fecha probable de parto y 60 dí­as luego del mismo, en tanto que los hombres cuentan con tan solo 2 dí­as de licencia.

Esta Ley tiene menciones especiales,por ejemplo por nacimiento de un hijo con Sí­ndrome de Dawn por la cual se otorga 6 meses de licencia durante cual percibirá una asignación familiar equivalente al 25% de la remuneración por cada año de servicio.

Dos descansos de media hora para amamantar durante no mas de un año Obligaciones de las empresas de instalar salas maternales y guarderí­as según reglamentación.

En la Argentina ,la diferencia con otros paí­ses,es que la licencia pre natal puede reducirse y traspasarse al pos natal.

Para el caso de las adopciones,independientemente de la edad del adoptado u adoptada ,por su necesidad de mayor atencion psicologica ,contadas a partir de la entrega del niño,seis meses.

Después que la Legislatura Cordobesa aprobara por unanimidad la Ley 9905 que impulsara la Secretaria de Inclusión Social y Equidad de Genero por la cual otorgan 180 dí­as de licencia maternal y 8 dí­as para los padres del sector estatal.

Las mujeres tienen derecho a ser consideradas especialmente en los momentos de MATERNIDAD ,a que se proteja su salud y se respete la particularidad de ese momento vital,teniendo en cuenta se valore al varón de forma mas equitativa como protagonista del nacimiento.

Equidad se refiere a la justicia en el tratamiento de MUJERES Y VARONES.A partir de este concepto ,se puede incluir iniciativas iguales o diferentes aunque consideradas equitativas en términos del derecho a la maternidad y paternidad,como así­ también la elección sexual de cada uno Desde ATE Y AMSAFE -ROSARIO queremos tomar esta medida ejemplificadora ,impulsando esta Reforma de Ley que aportarí­a un cambio trascendental para UNA MATERNIDAD Y PATERNIDAD EN PLENITUD.

{{Equipo de Comunicación ATE – CTA Rosario y Mujeres en ATE}}

Su crisis actual * Por Antonio Morante

Rosario, 07 de marzo de 2011. El Pami anida una cantidad cercana a 11000 agentes y cerca de 5 millones de afiliados aproximadamente con sueños, frustraciones, padecimientos y esperanzas.

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El análisis del conflicto institucional, recurrente en la institución y en permanente dinámica, por su complejidad y heterogeneidad no puede quedar reducido solo a un conflicto mas en un servicio, que es lo visible ahora. Oftalmologí­a, Servicios de Emergencias solo para dar algunos ejemplos.

Verlo de esa manera nos lleva a un criterio reduccionista impuesto desde la centralidad institucional, Dirección Ejecutiva Central cómo si solo afectarí­a a unos “pocos actores”.

Hoy es la tercerización de oftalmologí­a y el traslado del servicio de ambulancias. Cuando en realidad el el análisis debe abrirse a una comprensión mayor de las relaciones sociales entre todos los actores implicados. Trabajadores y beneficiarios.

Los antagonismos, suelen verse como factores externos a la institución, la politica de siempre se repite! Vemos la necesidad de no reducir los problemas a las actitudes y poder de la Dirección actual, sino hacer el esfuerzo de incluir en las evaluaciones de los conflictos, el grave problema de la situación de los trabajadores (nosotros fragmentado), en una institución disociada, dividida, en compartimentos estancos.

Por eso es prioritario recuperar una conciencia y un accionar colectivo de trabajo, entre el personal y los jubilados, que se exprese como una integración institucional y de lucha conjunta de todos los actores.

El trabajo que se nos propone, a los distintos sectores, desde áreas y gerencias del Pami, se basa en la modalidad de la fragmentación institucional (sistema de interés, vs. sistema solidario). Este falso dilema nos lleva a una derrota ineludiblemente. Nuestra lucha esta perdida si el poder se filtra de manera tal que la única lógica posible o viable es la “lógica del poder”. La de ellos únicamente. Llamada a ser pensamiento único.

No alcanza con poner en discusión quienes tienen el poder en el Pami, hoy, aquí­ y ahora, sino también y por ejercicio de crí­tica y autocrí­tica, que concepción de poder entendemos.

Cabe preguntarnos, entonces ¿Poder para que,? Si, poder o para entregarlo a sus legí­timos dueños, afiliados a la obra social, en su mayorí­a, jubilados, pensionados, o este que interviene sistemáticamente a casi cuarenta años de existencia generando permanentemente en todos sus actores espacios en el Pami donde no existen sectores libres del conflicto institucional. Porque nadie puede escapar, estamos todos implicados, repitiendo, negando o generando condiciones para que no mejore la calidad institucional por ende la calidad de vida de la gente. Rol del Estado siempre desde una posición crí­tica.

Algunas reflexiones que pueden ayudar a cambiar este concepto fragmentado que nos impone el poder polí­tico institucional y en el Pami especí­ficamente.

Los trabajadores solo podemos comprendernos en términos de las relaciones sociales que establecemos entre nosotros y los afiliados.

Criticar, es reconocer que estamos disociados, y la critica institucional, significa también a nuestra propia complicidad, en la reproducción de lo que esta mal.
No podemos asumirnos como honestos, y sanos, en una institución enferma y perversa, no somos héroes y debemos ver con responsabilidad esa vieja concepción de salud que es la lucha cotidiana- Palabras que aconsejaba ese maestro de la medicina social, Floreal Ferrara.

La lucha por la dignidad y respeto entre el personal, la institución y los afiliados, es integrando y debemos sentirnos parte de un movimiento contrario al proceso que nos invalida..

No es una teorí­a del miedo, sino fundamentalmente una teorí­a de la esperanza.

El cambio en el Pami, la transparencia de su gestión y la mayor cobertura útil de sus programas y prestaciones, radica en el compromiso de todos los actores en la construcción de esta nueva relación social colectiva.

Somos un sujeto colectivo, no existe un nuevo modelo innovador socio-sanitario si no modifica en forma profunda las relaciones entre sus actores.

Nuestras relaciones están atravesadas por el poder de lo cotidiano, y la dignidad se visibiliza en militancia social activa por el Pami que queremos y soñamos.

La memoria guarda una parte importante en el movimiento colectivo, y de aporte que es muy complejo por momentos, donde nuevamente nos toca estar posicionados
por afirmar nuevas alternativas del hacer porque las acciones negativas son meramente catárticas.

{{Antonio Morante}}

Trabajador del Pami

Psicólogo Social en el Servicio de Internación Domiciliaria

Integrante de la Junta Interna ATE en Pami Rosario

Dí­a internacional de la mujer trabajadora

Rosario, 04 de marzo de 2011. El próximo martes 8 de marzo a las 17,30 se realizará una convocatoria en la Pza. 25 de Mayo para marchar hasta la Estación Fluvial, Avenida Belgrano y Rioja, donde las compañeras van a dar lectura de un documento único para todo el Movimiento de Mujeres que organizan la conmemoración por el Dí­a de la Mujer Trabajadora.

Van a acompañar a esta actividad la actuación del grupo “Narraendo”, “Melina, Maia y Victoria: Historias con danzas y música” y la Murga . A la par, se realizará una Radio Abierta coordinada por las compañeras.

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Redefiniciones culturales y de practicas cotidianas, junto con las exigencias de nuevos derechos, nos encuentran con el desafió de contribuir, como representantes de miles de trabajadores y trabajadoras, al aporte de una sociedad mas equitativa en el plano laboral, social, económico, familiar, y
polí­tico.

Las licencias maternales y paternales corresponde a un derecho irrenunciable por parte de las y los trabajadores. Significan la ausencia de los y las trabajadoras por una cierta cantidad de dí­as fijos, pero que a diferencia de las licencias por enfermedad común o por accidente de trabajo, le permiten al empleador anticiparse y re adecuar a su personal durante el periodo en que la trabajadora se encuentre con pre y pos natal.

La Ley Nacional 20744, estipula 90 dí­as de licencia a la trabajadora publica, docentes publicas y privadas, con un mí­nimo de 30 dí­as antes de la fecha probable de parto y 60 dí­as luego del mismo, en tanto que los hombres cuentan con tan solo 2 dí­as de licencia.

Esta Ley tiene menciones especiales,por ejemplo por nacimiento de un hijo con Sí­ndrome de Dawn por la cual se otorga 6 meses de licencia durante cual percibirá una asignación familiar equivalente al 25% de la remuneración por cada año de servicio.

Dos descansos de media hora para amamantar durante no mas de un año
Obligaciones de las empresas de instalar salas maternales y guarderí­as según reglamentación.

En la Argentina ,la diferencia con otros paí­ses,es que la licencia pre natal puede reducirse y traspasarse al pos natal.

Para el caso de las adopciones,independientemente de la edad del adoptado u adoptada ,por su necesidad de mayor atencion psicologica ,contadas a partir de la entrega del niño,seis meses.

Después que la Legislatura Cordobesa aprobara por unanimidad la Ley 9905 que impulsara la Secretaria de Inclusión Social y Equidad de Genero por la cual otorgan 180 dí­as de licencia maternal y 8 dí­as para los padres del sector estatal.

Las mujeres tienen derecho a ser consideradas especialmente en los momentos de MATERNIDAD ,a que se proteja su salud y se respete la particularidad de ese momento vital,teniendo en cuenta se valore al varón de forma mas equitativa como protagonista del nacimiento.

Equidad se refiere a la justicia en el tratamiento de MUJERES Y VARONES.A partir de este concepto ,se puede incluir iniciativas iguales o diferentes aunque consideradas equitativas en términos del derecho a la maternidad y paternidad,como así­ también la elección sexual de cada uno
Desde ATE Y AMSAFE -ROSARIO queremos tomar esta medida ejemplificadora ,impulsando esta Reforma de Ley que aportarí­a un cambio trascendental para {{UNA MATERNIDAD Y PATERNIDAD EN PLENITUD.}}

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La necesidad de una estructura adecuada y de terminar con el “dedismo”

Rosario, 04 de marzo de 2011. En la API, hemos presentado muchos proyectos para mejorar las condiciones laborales durante este último año, fueron expuestos en Asamblea con adhesión de los compañeros, pero aquí­ se produce un problema histórico, que no ha variado con ningún gobierno. Sólo ingresa a la Comisión de relaciones Laborales el otro gremio estatal y a veces los representantes (comisión directiva) de ATE Provincial, lejos de toda comunicación y conocimiento de los trabajadores; con la salvedad que los afiliados de ATE en la API estamos en Rosario.

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A tal punto es esto cierto que el último decreto del gobernador del 19 de enero 2011, en los considerandos, para reformular nada menos que el premio anual o Fondo Estí­mulo, expresa con claridad que ha sido según un informe de la comisión laboral integrada por representantes del gobierno y “la Entidad Gremial más representativa del sector”.

Entre los proyectos que hemos presentado hay uno con particular importancia que consideramos debemos extender a todos los trabajadores y ponerla en discusión.
Los compañeros se jubilan con los niveles inferiores después de 30 o más años de servicio. Independientemente que no ha habido concursos o que las carreras administrativas no están acorde a las necesidades de cada sector, lo cierto es que es un gran embudo donde sólo uno puede acceder (por concurso o por subrogancia o por dedismo, como sea) al nivel o tramo superior, siempre y cuando se haya producido la vacante, que ocurre cuando después de 30 años o más se jubila o fallece el titular del puesto laboral. ( las posibilidades y probabilidades de acceder a una o más categorí­as dentro de la carrera, es un cálculo estadí­stico, y perverso para la realidad de cada trabajador)

Dos propuestas sobre este punto: el primero elevar a todos los compañeros con más de 20 años de antigí¼edad en la Administración a un nivel de grilla 2,81 de ahí­ a 10 años con la permanencia en ese nivel acceden a una grilla 3,05. Este proyecto soluciona parcialmente, ya que acceden sólo los que hoy están en la administración y no se produce normativa para los demás empleados que están con menos antigí¼edad. Y es casi exclusivo para la API siendo los cálculos para liquidación de sueldo muy diferente que en la Administración central.

Luego pensamos uno más amplio que incluya a todos los trabajadores. El segundo proyecto consiste en desdoblar la carrera administrativa en dos, es decir por un lado los concursos y subrogancias a puestos de trabajo (jefe de sección. Oficina, jefe de división, jefe de departamento, subdirectores, etc.) y por otro la antigí¼edad. Por antigí¼edad establecer un régimen de promoción automática cada cinco años hasta llegar a un nivel 4, 20 para la API o 4 (jefe de división) para la administración central, previa capacitación o cursos de nivelación. Entonces a 20 años de antigí¼edad todos los compañeros cobran de bolsillo el equivalente a nivel 4 y en los próximos 10 años (años que se computan para jubilación) hasta llegar a los años de servicio para jubilarse: o concursan el puesto superior o quedan con esa categorí­a.

Para los que ganan el concurso cobran además el suplemento de permanencia en el cargo y los cursos de nivelación garantizan que todos estén en condiciones de concursar si así­ lo desean.

Aquí­ dos aclaraciones: para quienes quieran un lugar en la estructura (jefaturas) están y deben implementarse concursos, hoy estamos muy lejos de esto todaví­a, y la segunda debemos reconocer que para la administración central este planteo resulta incompleto, sino se reformula la forma de liquidar sueldos.

ATE Rosario ya presentó un proyecto apenas comenzada la gestión de este Gobierno, estableciendo un básico y un multiplicador o coeficiente por cada nivel, resultando mucho más fácil el cálculo y más claro para los trabajadores saber cuánto es lo que percibe mensualmente por su trabajo.
¿Cuál es el objetivo de discutir estos proyecto?: dejar de ser un cautivo de las especulaciones y ciertos favores de un grupo de pseudos dirigentes gremiales y jubilarse con un sueldo donde el 82 % móvil que tiene la Caja de Jubilaciones de la provincia tenga sentido y sea real.
Un básico por un coeficiente, jubilarse con un nivel superior después de 30 años, y un sueldo de bolsillo no menor a 4.000 pesos no es una utopí­a es sólo una decisión polí­tica y una pelea que debemos dar los trabajadores.

{{Trabajadores de ATE en la API}}

La afiliación a una asociación gremial es libre y un derecho de los trabajadores, pero jamás una obligación impuesta por nadie

Rosario, 02 de marzo de 2010. Se ha iniciado una campaña de presión sobre los trabajadores estatales, sobre la obligación de afiliarse a la UPCN y de la que parece cómplice el Consejo Directivo Provincial de ATE, caso contrario se les va a cobrar igual una cuota descontada del recibo de sueldo siendo el Estado Provincial agente de retención.

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En realidad lo que se pretende legalizar es un pedido hecho en el acta acuerdo Nº 03 / 2011 del 23 de febrero de 2011, por las conducciones provinciales de los dos gremios signatarios del Convenio Colectivo de Trabajo, convenio que actualmente “no existe”, para que se le aplique un descuento a todos los empleados públicos no afiliados a ninguno de los dos sindicatos.

En realidad, en nuestra provincia se firman acuerdos con el gobierno acerca de condiciones de trabajo y salario, sobre lo que no se nos consulta ni antes ni después a los trabajadores que estamos afiliados.
Ahora se pretende avanzar sobre el salario de los compañeros no afiliados.
Desde ATE Rosario decimos que no estamos de acuerdo con este pedido sobre el que no se consultó. A partir de esta clase de hechos que van en contra de los intereses de los trabajadores y trabajadoras es que convocamos a los compañeros a afiliarse a nuestra Organización para participar y protagonizar. ATE fue, es y será el lugar en donde se organiza la clase trabajadora del estado para cambiar una realidad adversa y transformarla. Ante los hechos está claro que esta transformación no es posible con la actual conducción provincial que tenemos y que aparece consolidando todas las propuestas de lo peor de la Burocracia Sindical.

Santa Fe es la única provincia donde se acuerda entre las cúpulas sindicales y se hace causa común sin respetar a los trabajadores. Desde ATE Seccional Rosario y desde la Central de Trabajadores de la Argentina rechazamos de manera tajante este espurio pedido de las cúpulas sindicales de meterle la mano en los bolsillos a los trabajadores, retrotrayéndose a los peor, a lo más oscuro de la historia del sindicalismo argentino.
Te invitamos a protagonizar un cambio en serio en la Asociación Trabajadores del Estado de la provincia y construir el sindicato que los estatales nos merecemos.

Textual:

{{COMISIí“N PARITARIA CENTRAL – LEY 10052- ACTA ACUERDO Nº 03/2011}}

{{Punto 10}}. Las entidades sindicales expresan

Inciso e- Los sindicatos solicitan que se establezca una contribución solidaria obligatoria a través de un descuento al trabajador no afiliado a las entidades sindicales signatarias el Convenio Colectivo Ley 10052 y modificatoria, consistente en un porcentaje a determinar sobre la remuneración integral mensual – con excepción del salario familiar, asignaciones o sumas no remunerativas ni bonificables-. La citada contribución solidaria, está fundamentada en los Artí­culos 9º y 37º de las leyes Nº 14250 y Nº 23551, respectivamente; siendo a los efectos de sostener el esfuerzo que demanda la defensa de los derechos laborales , la negociación colectiva y las mejoras salariales que los trabajadores han recibido a través de las organizaciones sindicales signatarias del Convenio Colectivo Ley Nº 10052 y modificatoria.

Los sindicatos se sostienen con el aporte de la cuota sindical que realizan los trabajadores afiliados a los respectivos gremios, por lo cual el presente requerimiento no involucra a dichos trabajadores.

El Poder Ejecutivo analizará lo solicitado por las entidades gremiales.

{{Comisión Administrativa ATE Rosario}}