Asume la Comisión Ejecutiva Regional Rosario

Rosario, 1º de octubre de 2010. El dí­a viernes 1 de octubre, a las 18 horas, en el Centro Cultural la Toma se realizará la primera reunión de la nueva Junta Ejecutiva Regional Rosario que fuera proclamada en la última elección del 23 de setiembre, el compañero Gustavo Teres como Secretario General.

Queremos convocarnos y convocarlos a todos los trabajadores a continuar con la defensa de un nuevo modelo sindical que garantice la autonomí­a de los partidos, de los gobiernos y de los empresarios, principios fundacionales que seguimos bregando, porque pensamos que hay un paí­s para cambia, una sociedad nueva para construir y un camino para alumbrar.

Seguiremos luchando por los intereses genuinos de los trabajadores, seguiremos luchando por una nueva distribución del ingreso, permaneciendo en la calle junto a todas aquellas luchas que reivindiquen la defensa incondicional de los puestos de trabajo, por una CTA que continúe construyendo la organización que nuestra clase necesita, porque nos sentimos responsables del destino de la CTA.

Además d Gustavo Terés, los compañeros y compañeras con conforman la Comisión Ejecutiva de la Regional Rosario de la Central son: Secretarí­a General Adjunta Gustavo Pablo Martinez, ATE Rosario; Secretarí­a Administrativa Carlos Guerin, ATE Rosario; Secretarí­a Gremial Graciela Rosello, La Bancaria; Secretarí­a de Organización Diego Mattos, Amsafe;
Secretarí­a de Interior Alejandro Parlante, ATE Salud; Secretarí­a de Comunicación y Difusión Raúl Daz, ATE Rosario; Secretarí­a de Contabilidad y Finanzas Carlos Villalba, ATE Rosario; Secretarí­a de Derechos Humanos
Gustavo Brufman, COAD; Secretarí­a de Asistencia Social Juan Sarkissian
Jubilado; Secretarí­a de Formación, Investigación, Proyectos y Estadí­sticas
Juan Pablo Casielo, Amsafe Rosario; Secretarí­a de Condición y Medio Ambiente de Trabajo Héctor Romero, ATILRA Rosario; Secretarí­a de Igualdad de Género y Oportunidades Noelia Figueroa, Frente Popular Darí­o Santillán; Secretarí­a de Actas Américo Cena, Bodegón Cultural Casa de Pocho; Secretarí­a de Relaciones Institucionales Claudio Ciani, Amsafe Rosario.

{{Equipo de comunicación CTA Regional Rosario}}

La fecha de inscripción para los escalafones Asistentes Escolares será reprogramada

En principio el 1 de Octubre era el dí­a programado para la apertura de inscripciones para ingreso y suplencias. Esta fecha ha sido postergada hasta nuevo aviso, comprometiéndose autoridades del Ministerio de Educación a reprogramarla dentro del mes de octubre. REQUISITOS PARA INSCRIPCION ESCALAFON 2011 PARA ASISTENTES ESCOLARES (NO DOCENTES)

“¢ La inscripción se hará por la web www.santafe.gov.ar

“¢ Allí­ se cargaran los datos personales y se imprimirán 2 copias, las cuales deben ser firmadas por quien se inscribe.

“¢ Podrán inscribirse en 6 (seis) Escuelas.

“¢ Tener preparada la siguiente documentación:

o Fotocopia de DNI
o Certificado de Buena Conducta
o Cursos que tengan que ver con la función a cubrir.
o Antigí¼edad: quien la posea debe saber que se tendrá en cuenta la que figure en el SARH (Sistema).
o Antigí¼edad en el ámbito privado: (ej: portero de edificio) Presentar copia certificada en Tribunales.
o Titulo: se tendrá en cuenta lo que figure en el sistema del Ministerio.

“¢ El formulario que se imprima de la “web” más la documentación pertinente se entregará a 1 (sola) de las 6 Escuelas que se elijan.

Equipo de Comunicación ATE-CTA Rosario

ATE presentó formalmente al Ministerio de Salud incorporase en la paritarias de los escalfonados 9282

Los trabajadores de la salud nucleados en ATE, realizaron una concentración y corte de calle en la puerta del Ministerio de Salud el dí­a martes 28 de septiembre. Los reclamos son por el pase a planta permanente y por la inclusión del gremio a las paritarias de los trabajadores profesionales de la salud.

De acuerdo a lo resuelto en el pasado plenario el pasado 18 de septiembre, reclamaron y denunciaron la situación de miles de trabajadores dependiente del Ministerio de Salud que se encuentran trabajando en negro, situación esta que los obliga a sostener su trabajo en condiciones muy precarias, con derechos vulnerados (sin estabilidad, sin obra social, sin seguro social, sin aguinaldo, etc.)

Convocatoria a paritaria de los profesionales trabajadores de la salud
Además los trabajadores presentaron pedido de inclusión de ATE en las paritarias de los escalafonados Nº 9282. Consideran que ATE tiene tiene legalidad y legitimidad para participar de dicha instancia de negociación colectiva.

{{ Nueva convocatoria frente a las puertas del Ministerio de Salud.}}

Ante la ausencia de respuestas por parte de la autoridades del ministerio, los trabajadores decicieron seguir movilizándose y convocan a una nueva concentración el dí­a viernes 15 a las 10 hs en Laprida y rioja.

Porque no podemos hablar de salud con un estado que precariza y no permite la representación gremial en los ámbito de discusión. Con un gobierno que siguen sin cumplir sus promesas, que sigue sosteniendo las leyes de autogestión hospitalaria y la ley SAMCO. Leyes de plena época neoliberal que comercializa con la salud.

Equipo de Comunicación ATE-CTA Rosario

“Lo mejor que le puede pasar es dar luz a cada una de las situaciones problemáticas”

La lista 7 Agrupación Germán Abdala/Agustí­n Tosco- CTA realizó en la mañana de hoy una conferencia de prensa dando a conocer las impugnaciones realizadas ante la Junta Electoral Nacional en relación a las irregularidades que se presentaron en la ciudad de Santa Fe, San Javier y otras localidades de la provincia, el dí­a que se efectuaron las elecciones de la CTA en todo el paí­s. Gustavo Teres, electo Secretario General y Gustavo Martinez Secretario Adjunto confirmaron las denuncias presentadas donde en 4 mesas votaron más afiliados a la Lista 10 que en diecisiete provincias argentinas.

Para Gustavo Teres “la situación está a la espera de las definiciones de la Junta Electoral Nacional la que se tiene que terminar pronunciando. Creo que lo mejor que le puede pasar a esta Central es dar luz a cada una de las situaciones problemáticas que están planteadas.”

“Nosotros acá en Santa Fe, reafirmamos la victoria en la ciudad de Rosario, reconocemos el triunfo de los compañeros de la Lista 10 a nivel provincial pero observamos e impugnamos la diferencia. No estamos poniendo en duda el triunfo de ellos pero sí­ más de diez mil votos en situación fraudulenta. Da pena y realmente avergí¼enza como Sonia Aleso y José Testoni mienten, como pueden explicar que haya urnas en donde se han votado de 1200 a 1300 personas cuando no hay tiempo material para que eso suceda. Cómo en esas urnas votaron el 90 y pico % de los votos, cómo hay otras urnas que también tienen porcentajes similares y que debí­an ser fijas y aparecieron como volantes, no permitiendo la fiscalización, disparándose de nuestros fiscales.

Creo que ha sido una vergí¼enza lo que ha sucedido en la capital de nuestra provincia. Y esa vergí¼enza tiene responsables que son Sonia Aleso y José Testoni. Yo creo que esto es muy lamentable porque nos acerca a lo que nosotros decimos cuestionar. La Central tení­a y debe tener una posición asentada en la democracia, en la participación, en el pluralismo. Y realmente actitudes como éstas son vergonzosas.”

Por otra parte opinando sobre la credibilidad de estos votos dijo que “nadie se está creyendo, ni aún los de la propia lista de ellos pueden entender que haya habido una votación más alta que en Rosario en un 120 o un 130 % cuando el distrito más grande es el de Rosario, que aparte abarcaba San Lorenzo. Realmente eso no se lo cree nadie.”

“Hay que tener aptitudes más respetuosas de la democracia sindical, de la participación y realmente sincerar la participación, que fue lo que fue, si vos ves el promedio de la participación general, los 800 votos de Villa Constitución, los 6000 votos de Rosario, los 200 del departamento San Martí­n, los 300 o 400 en Iriondo, no pueden dar cuenta de esa votación de miles y miles de votos en la ciudad capital.”

“Realmente no sólo que no se lo cree nadie sino que es una ofensa a la inteligencia y al compromiso militante, no solo de la lista 1, sino de la misma lista de ellos. No se puede mentir y tener actitudes fraudulentas tan pero tan descaradas.”

A la par, Gustavo Martinez, Secretario Adjunto de la CTA Regional Rosario, dijo que “en un momento Santa Fe quedó en el centro de esta disputa de números nacionales. Esto que avergí¼enza. Habí­a mucha duda en cuanto a qué cifra dar, en lo de Santa Fe. De alguna forma tení­amos la esperanza de que cuando la Junta Electoral provincial analizara estos números, directamente descartara, en honor a esta diferencia real, no a la inventada. No sucedió eso, la Junta Electoral Provincial y los principales dirigentes, tanto Aleso, Testoni, Hoffman, Avallone, terminaron convalidando estas urnas que realmente son una vergí¼enza. Es imposible explicar cómo la cantidad de compañeros que han participado. Ojalá tuvieramos una CTA en Santa Fe donde participaran los miles que dicen haber participado. Lamentablemente no es así­.”

“Hay responsables, nos gustarí­a que así­ como se trató de mentiroso a Pablo Micheli, así­ cómo se nos cuestionó en las urnas de Rosario, se nos exigió permanentemente el control y modificaciones, a las que accedimos porque muchas eran de errores y de situaciones que habí­a que replantear en conjunto. Nos gustarí­a que así­ como se hizo eso con lo de Rosario, que lo de Rosario sí­ fue un ejemplo, y lo dice la propia firma de Sonia Aleso que reconoce el resultado. Hubo errores, hubo situaciones desagradables para ambos lados que se fueron corrigiendo, y esa firma lo que hace es reconocer que en conjunto pudimos resolver todos los problemas. No así­ en Santa Fe donde ese resultado realmente “trucho” lleva la firma de los que se bancan en estos momentos sostener un resultado que no lo cree nadie.” “Una cosa es lo que diga la dirigencia, pero lo peor para nosotros es que cada uno de los trabajadores, cada uno de los militantes de la CTA de la ciudad de Santa Fe sabe que el resultado ese no es real.”

{{El camino continúa}}

Gustavo Teres además aseguró que la Central tiene una tarea por delante y debe continuarla, “nosotros hacemos un alto, defendemos el legí­timo derecho de los compañeros, pero hay una tarea significativa, hoy la CTA Rosario ya está convocada junto con toda la multisectorial en la carpa de los compañeros de Sancor para continuar la lucha.”

“Para acompañar a los compañeros de Paraná Metal, me parece que hay que tomar una posición y rápidamente acomodarse a la dinámica de reclamos que en esta zona hoy son muy profundos, muy justos y necesarios y ese es el lugar que hoy tiene que ocupar la CTA Regional y que aspiramos a que los otros sectores de la CTA de las otras regionales también lo hagan. Nosotros ampliamos esta convocatoria y creemos que hace falta una nueva jornada de protesta porque la problemática de Paraná Metal sigue siendo una “espada de Damocles” para 900 familias, más de 3000 personas que corren en riesgo de perder el trabajo y con esto producir un impacto muy pero muy negativo en la ciudad de Villa Constitución.”

“Esto requiere de todos, así­ también como el reclamo de democracia y libertad sindical y de respeto por lo más importante que tiene una persona que es su fuente de trabajo, como en el caso de los compañeros de Sancor.”

{{Equipo de Comunicación CTA Regional Rosario}}

Presenta Impugnación Elecciones CTA en la ciudad de Santa Fe y San Javier

Buenos Aires, 27 de septiembre de 2010. Eduardo De Gennaro, en mi carácter de apoderado de la lista nº 1 “Germán Abdala”, y por expreso acuerdo de la lista provincial y local nº 7 impresa como boleta única anexa a la lista nº 1 a nivel nacional, me presento ante la Junta Electoral Nacional de la Central de Trabajadores de la Argentina a los fines de denunciar un conjunto de irregularidades en la elección desarrollada el pasado jueves 23 de septiembre en la provincia de Santa Fe, y como consecuencia de ello, a impugnar los resultados que registren las mesas electorales que especificaremos a continuación.PRESENTA IMPUGNACIí“N ELECCIONES CTA EN LA PROVINCIA DE SANTA FE

1. Impugnación de las mesas nº 67, 68, 69 y 70 del Departamento La Capital, provincia de Santa Fe.
Estas mesas corresponden en su totalidad a urnas volantes ubicadas en barrios, cuyo funcionamiento carecí­a de sustento legal, en tanto no contaba con la excepcionalidad requerida por la Junta Electoral Nacional y por haber dejadas sin efecto por el acuerdo de listas que se acompaña al presente. Dicho acuerdo, que se presenta como prueba adjunta, establecí­a expresamente, en el punto 2.4 de los acuerdos generales: “Se acuerda que en Santa Fe se votará en los barrios en urnas fijas”.

A su vez, en el punto 4º del acta de la Junta Electoral Nacional de fecha 15 de julio de 2010 se estableció expresamente que “Las urnas volantes serán autorizadas previa fundamentación de la excepcionalidad por la Junta Electoral Nacional”.

Como consecuencia de ello, las mesas nº 67, 68, 69 y 70, de haber existido como tales, deberí­an haber permanecido en la dirección donde tení­an asiento, es decir, en la sede de la Asociación de Trabajadores del Estado, sita en la calle San Luis 2854 de la Ciudad de Santa Fe.

Sin embargo, una vez apersonados los fiscales de la lista nº 7 en dicha sede, solo se hallaban allí­ las mesas correspondientes a urnas fijas, que sí­ fueron fiscalizadas por los representantes de esta lista. Dentro de ellas se encontraban las mesas nº 10 y 11, pero no las referidas mesas nº 67, 68, 69 y 70.

La existencia de estas urnas volantes ya habí­a sido cuestionada oportunamente por los apoderados de la lista nº 7, mediante nota dirigida a la Junta Electoral de la CTA Santa Fe de fecha 31 de agosto de 2010, donde se expresaba que no correspondí­an urnas volantes en San Luis 2854, Movimiento Social Zona Norte, Movimiento Social Cordón Oeste y Movimiento Social Cordón Este, dada la existencia de urnas fijas en la zona.

Esta nota nunca fue contestada por la Junta Electoral local, pero aún así­ dicha situación deberí­a haber sido subsanada por el acuerdo citado anteriormente, en tanto eliminaba la posibilidad de instalar urnas volantes a nivel barrial, debiendo los afiliados respectivos emitir su sufragio en las mesas fijas existentes en la zona respectiva.

Sin embargo, subrepticiamente se pretende hacer aparecer un resultado electoral ficticio como si dichas mesas hubieran efectivamente funcionado durante el transcurso de la jornada electoral.

El resultado final de este procedimiento, contrario a las reglas que deben regir el proceso electoral, se verifica en un escrutinio provisorio que se enfrenta con la lógica más elemental, y cuya convalidación desnaturalizarí­a por completo el desarrollo mismo de las elecciones. La trascripción de dichos resultados podrí­a, por si mismo, eximirnos de mayores comentarios:

“¢ En la mesa nº 67, sobre un total de empadronados de 1.348 votantes, la lista 10 habrí­a obtenido 1.346 votos.
“¢ En la mesa nº 68, sobre un total de empadronados de 1.486 votantes, la lista 10 habrí­a obtenido 1.481 votos.
“¢ En la mesa nº 69, sobre un total de empadronados de 1.498 votantes, la lista 10 habrí­a obtenido 1.497 votos.
“¢ En la mesa nº 70, sobre un total de empadronados de 61 votantes, la lista 10 habrí­a obtenido 61 votos.

Veamos los resultados que se habrí­an registrado en estas mesas en términos porcentuales:
“¢ En la mesa nº 67, la lista 10 habrí­a obtenido el 99,85% de los votos del total de empadronados.
“¢ En la mesa nº 68, la lista 10 habrí­a obtenido el 99,66% de los votos del total de empadronados.
“¢ En la mesa nº 69, la lista 10 habrí­a obtenido el 99,93% de los votos del total de empadronados.
“¢ En la mesa nº 70, la lista 10 habrí­a obtenido el 100% de los votos del total de empadronados.

Es decir, que sobre un total de 4.393 empadronados en las cuatro mesas impugnadas, la lista 10 habrí­a obtenido un total de 4.385 votos, lo que implica un 99,82% del total del padrón.

Se trata de un resultado que no solo no se ha repetido en ninguna otra mesa de la elección de la CTA, sino que seguramente no registre antecedentes en la práctica electoral de las organizaciones que han desarrollado su acción en el marco de sociedades democráticas.

En un artí­culo publicado recientemente en Diarioregistrado.com, Fernando Krakowiak cita que el único antecedente similar se encontrarí­a en las elecciones comunales realizadas en mayo de 1989 en Alemania Oriental, donde el alcalde de Postdam habrí­a obtenido el 98,8% de los votos aunque, sigue expresando Krakowiak, al año siguiente fue acusado de fraude y detenido por la justicia.

Es decir, que cuatro urnas que no tuvieron ningún tipo de fiscalización, por haber sido dejadas sin efecto por un acuerdo celebrado por las listas participantes en el comicio, aparecieron subrepticiamente con un total de votos favorable a una de las listas que supera el total de votos efectivos, al menos, de las siguientes provincias: Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Neuquén, Córdoba, La Pampa, Catamarca, Salta, Corrientes, San Luis, Santiago del Estero, Chaco, Formosa y Rí­o Negro.

Resulta claro que estamos frente a una situación absurda, que ni siquiera puede ser planteada como simulacro electoral. En efecto, dichas mesas jamás existieron como tales, y por ello mismo no deben ser consideradas en el escrutinio definitivo que realice la autoridad electoral del comicio.

2. Impugnación de las mesas nº 08, 09, 30, 37 y 38 del Departamento La Capital, provincia de Santa Fe
Una situación similar se presenta en las mesas nº 08, 09, 30, 37 y 38, aunque aquí­ sin una presencia “unánime” de los empadronados correspondientes a cada una de ellas.

En este caso, se trata de mesas que fueron impugnadas por los representantes de la lista nº 7 antes y durante el comicio, ya que presentaron numerosas irregularidades que no fueron subsanadas por la autoridad local de la elección.

En primer lugar, se trata de mesas que funcionaron en domicilios particulares, en violación a la resolución que adoptó la Junta Electoral Nacional el pasado 15 de julio. De esta manera, las mesas establecidas en Cafferata 8500 (mesa nº 08), 4º Pasaje Casa 42 (mesa nº 09), Pasaje Cervantes 4600 (mesa nº 30), Ponce de León 9500 (mesa nº 37) y 12 de Octubre y Rí­o Negro (mesa nº 38) son susceptibles de ser impugnadas, en tanto funcionaron en contraposición a las reglas establecidas para el desarrollo del proceso electoral.

Al igual que en la impugnación referida anteriormente, aquí­ también los representantes de la lista nº 7 exigieron su retiro y reasignación en la nota dirigida a la Junta Electoral local de fecha 31 de agosto de 2010, por cuanto no existí­a fí­sicamente un establecimiento para el normal desarrollo de la actividad. Nuevamente, la Junta Electoral local desconoció la presentación efectuada, sin resolver las irregularidades denunciadas.

La imposibilidad de desarrollar normalmente la elección en dichas mesas se tradujo, durante la jornada electoral, en la realización de numerosos hechos de violencia en contra de los fiscales de la lista nº 7, que llegaron al punto de padecer intimidaciones con armas de fuego y, en todos los casos fueron forzados a retirarse sin poder permanecer hasta el cierre del comicio.

En particular, la situación en la mesa nº 08 fue cuestionada desde el inicio de la jornada por el fiscal de la lista nº 7 Guillermo Ifrán, quien al arribar al domicilio citado con anterioridad a la apertura del comicio constató que ya se habí­an incluido en la urna más de 200 votos, incluido el de su propio hijo (de quien, le constaba, aún no habí­a votado). El fiscal de la lista nº 7 cuestionó esta situación, y como respuesta recibió una intimidación con armas de fuego, y poco tiempo más debió retirarse del lugar de votación para preservar su integridad fí­sica.

La situación fue más grave aún en la mesa nº 30, en la que al arribar el fiscal de la lista nº 7, Alfredo Moya, pudo constatar que ya se habí­an incluido en la urna aproximadamente 1.000 votos. Ante las reiteradas protestas realizadas por el fiscal de la lista nº 7, se produjeron en el lugar distintos hechos intimidatorios, que incluyeron el disparo de armas de fuego en la calle. Ello motivó la realización de una denuncia telefónica en la policí­a, que envió agentes al lugar. Como consecuencia de ello, entre las 8:00 hs y aproximadamente las 10:00 hs. la situación se tranquilizó, y el comicio pudo llevarse adelante, habiendo concurrido dos votantes en dicho lapso. Sin embargo, una vez que los agentes policiales se retiraron del lugar, volvieron a vivirse situaciones violentas y de amedrentamiento con armas de fuego, a partir de las cuales se decidió retirar al fiscal de la lista nº 7 a fin de preservar su integridad fí­sica.

En la mesa nº 37 el fiscal de la lista nº 7 también encontró 73 votos en la urna antes de iniciar la jornada electoral. La protesta formulada por el fiscal de la lista nº 7 provocó que la presidenta de mesa accediera al retiro de dichos votos, pero pasadas las 10 hs, y luego de recibir una instrucción telefónica, la presidenta de mesa reincorporó los 73 votos dentro de la urna. Luego de ello, y frente a la ausencia total de garantí­as, el fiscal de la lista nº 7 se retiró del lugar de votación para no convalidar dicho fraude.

En la mesa nº 38 se registraron numerosas irregularidades, que habrí­an incluido el voto de personas que no se encontraban en el padrón y que habrí­an sido anexados a mano, contrariando las resoluciones de la Junta Electoral. Asimismo, aquí­ también se habrí­an incorporado votos a la urna, falseando el resultado del proceso electoral.

Como consecuencia de ello, en las mesas nº 08, 09, 30, 37 y 38 se habrí­an registrado, en el escrutinio provisorio, resultados tan sorprendentes como los referidos anteriormente, aunque en estos casos las maniobras no llegaron al absurdo de registrar una participación de la totalidad del padrón electoral asignado en cada una de ellas. La trascripción de los resultados de las mesas impugnadas es la siguiente:

“¢ En la mesa nº 08, sobre un total de empadronados de 4.454 votantes, habrí­an votado 837, y la lista 10 habrí­a obtenido 836 votos.
“¢ En la mesa nº 09, sobre un total de empadronados de 2.152 votantes, habrí­an votado 566, y la lista 10 habrí­a obtenido 566 votos.
“¢ En la mesa nº 30, sobre un total de empadronados de 3.117 votantes, habrí­an votado 1.296, y la lista 10 habrí­a obtenido 1.296 votos.
“¢ En la mesa nº 37, sobre un total de empadronados de 3.593 votantes, habrí­an votado 173, y la lista 10 habrí­a obtenido 173 votos.
“¢ En la mesa nº 38, sobre un total de empadronados de 1.883 votantes, habrí­an votado 230, y la lista 10 habrí­a obtenido 211 votos.

En términos porcentuales, se trata de los siguientes resultados:
“¢ En la mesa nº 08, la lista 10 habrí­a obtenido el 99,88% de los sufragios emitidos.
“¢ En la mesa nº 09, la lista 10 habrí­a obtenido el 100% de los sufragios emitidos.
“¢ En la mesa nº 30, la lista 10 habrí­a obtenido el 100% de los sufragios emitidos.
“¢ En la mesa nº 37, la lista 10 habrí­a obtenido el 100% de los sufragios emitidos.
“¢ En la mesa nº 38, la lista 10 habrí­a obtenido el 91,74% de los sufragios emitidos.

Es decir, que sobre un total de 3.102 votos emitidos en estas cinco mesas impugnadas, la lista 10 habrí­a obtenido un total de 3.082 votos, lo que implica un 99,36% del total.

Nuevamente, se observa a las claras que las irregularidades producidas con anterioridad y durante el comicio se tradujeron en una absoluta desnaturalización del proceso electoral.

A riesgo de resultar reiterativo, podemos afirmar que en tan sólo nueve mesas del Departamento La Capital de la Provincia de Santa Fe (que representan poco más del 10% del total de mesas habilitadas en dicho departamento), la lista nº 10 habrí­a obtenido 7.467 votos, superando la totalidad de sufragios que fueron efectivamente emitidos en las siguientes provincias: Córdoba, Mendoza, Salta, San Juan, Neuquén, Rí­o Negro, Santiago del Estero, Corrientes, Formosa, Chaco, Chubut, La Pampa, Santa Cruz, Catamarca, La Rioja, San Luis y Tierra del Fuego.

3. Impugnación de las mesas nº 44, 45, 46, 48 y 81 del Departamento La Capital, provincia de Santa Fe
La situación registrada en las mesas nº 44, 45, 46, 48 y 81 del Departamento La Capital también rayan lo absurdo, por cuanto en todas ellas se habrí­a registrado una afluencia de votantes mayor a la cantidad de empadronados en cada una de ellas. Especí­ficamente:

“¢ En la mesa nº 44 votó el 105% del padrón;
“¢ En la mesa nº 45 votó el 170% del padrón;
“¢ En la mesa nº 46 votó el 162% del padrón;
“¢ En la mesa nº 48 votó el 258% del padrón;
“¢ En la mesa nº 81 votó el 261% del padrón.

De más está decir que toda mesa en la cual se registre una cantidad de votos superior al total del padrón debe ser anulada por la autoridad electoral del comicio.

4. Impugnación de 31 mesas correspondientes a urnas en AMSAFE del Departamento La Capital, provincia de Santa Fe
En el Departamento La Capital de la provincia de Santa Fe se incluyeron 31 mesas que funcionaron a partir de urnas volantes, y que en todos los casos se imposibilitó a los fiscales de la lista nº 7 participar en la fiscalización de los comicios, puesto que: no se detallaron los horarios en los que cada urna estarí­a en los distintos lugares de votación; no se suministró a los fiscales de la lista nº 7 el padrón correspondiente a cada una de dichas urnas; no se permitió a los fiscales de la lista nº 7 acompañar el recorrido de las urnas volantes.

Nuevamente, este cúmulo de irregularidades se plasmó en un resultado electoral sumamente “atí­pico”, ya que el total de empadronados en estas mesas habrí­a ascendido a 5.171 votantes, con una participación de 3.040, de los cuales 2.747 habrí­an votado a la lista nº 10.

En términos porcentuales, en estas mesas se habrí­a registrado un nivel de participación de casi el 60%, es decir, muy superior a la media del total nacional, de las restantes provincias, e incluso de otras zonas de la propia provincia de Santa Fe que sí­ pudieron ser fiscalizadas por las restantes listas. Sobre este total, la lista nº 10 habrí­a obtenido en estas 31 mesas más del 90% de los votos, reafirmando lo atí­pico e irregular de la situación.

Como consecuencia de ello, cabe señalar que aquellas irregularidades se encuentran en el origen de estos resultados electorales, y no la libre voluntad de los afiliados a esta organización sindical.

5. Impugnación de la mesa nº 40 del Departamento La Capital, provincia de Santa Fe
La mesa nº 40 del Departamento La Capital, provincia de Santa Fe, también debe ser impugnada, por cuanto su presidente de mesa, el compañero Rubén Sala, fue al mismo tiempo candidato por la lista nº 10, contrariando la normativa referida al desarrollo del proceso electoral, y afectando la imparcialidad que debe exigirse a las autoridades de los comicios.

6. Impugnación de la totalidad de las mesas del Departamento San Javier
En las mesas electorales dispuestas en el departamento San Javier, del Comité Ejecutivo Local La Costa, la elección se desarrolló con extremas dificultades para suministrar las boletas correspondientes a la lista nº 7. En efecto, en el material remitido a las autoridades de mesa solo se envió el cuerpo correspondiente a las autoridades nacionales, sin enviar los cuerpos correspondientes a las autoridades locales de la lista nº 7, contrariando las disposiciones respectivas de la Junta Electoral.

Esta situación impidió votar a numerosos afiliados, y algunos de ellos realizaron exposiciones policiales, tales como los compañeros Claudio Alejandro González y Viviana Rosa Wouilloz.

Por otra parte, en las mesas que funcionaron en las escuelas 8106 y 435 las autoridades de mesa eran candidatas de la lista nº 10, afectando la imparcialidad de las autoridades del comicio, y contrariando la normativa electoral.

Finalmente, en el caso de los jubilados del Departamento San Javier, que según el padrón electoral debí­an votar en la mesa 313 de La Brava, durante el dí­a de la elección se les informó que debí­an trasladarse a la Escuela nº 436, que serí­a habilitado para funcionar a partir de las 12 hs. Ello implicó una gran confusión, que provocó que numerosos compañeros no pudieran ejercer su derecho al sufragio, y que funcionaran dos mesas en paralelo con el mismo padrón.

7. Conclusión
Por todo lo expuesto solicitamos a la Junta Electoral Nacional se anule el resultado de las mesas electorales denunciadas en esta presentación, por no corresponderse con la libre voluntad de los afiliados en el ejercicio de su derecho de elección de las autoridades sindicales de la Central de Trabajadores de la Argentina Seccional Santa Fe y de las autoridades nacionales de esta organización.

Finalmente, reservamos el derecho de ampliar los fundamentos y prueba referidos a la presente.

Denuncia de fraude electoral en la ciudad de Santa Fe, San Javier y otras localidades

Rosario, 27 de septiembre de 2010. En una nota a la Junta Electoral titulada “PRESENTA IMPUGNACIí“N ELECCIONES CTA EN LA PROVINCIA DE SANTA FE ” los apoderados de la Lista 1 nacional – Lista 7 Regional, Germán Abdala – Agustí­n Tosco, dieron a conocer el fraude en las localidades de Santa Fe, San Javier y las irregularidades en la elección de la Central en otros lugares de la provincia.{{Las impugnaciones: En 4 mesas votaron, por separado, más que en diecisiete provincias argentinas}}

La aparición de mesas volantes (las mesas nº 67, 68, 69 y 70), expresamente anuladas antes de la elección por acuerdo de partes, aparecieron con votos dentro, y no pocos votos: en estas 4 urnas votaron más del 99% del padrón correspondiente a cada urna, y todos esos votos fueron a la Lista 10. Es decir, que sobre un total de 4.393 empadronados en las cuatro mesas impugnadas, la lista 10 habrí­a obtenido un total de 4.385 votos, lo que implica un 99,82% del total del padrón.

“Se trata de un resultado que no sólo no se ha repetido en ninguna otra mesa de la elección de la CTA, sino que seguramente no registre antecedentes en la práctica electoral de las organizaciones que han desarrollado su acción en el marco de sociedades democráticas”, dice el comunicado de la Abdala-Tosco, y continúa; “resulta claro que estamos frente a una situación tan absurda, que ni siquiera puede ser planteada como simulacro electoral”.

Otras mesas fueron impugnadas por estar en domicilios particulares (las mesas nº 08, 09, 30, 37 y 38 del Departamento La Capital). Y en estos lugres “la imposibilidad de desarrollar normalmente la elección en dichas mesas se tradujo, durante la jornada electoral, en la realización de numerosos hechos de violencia en contra de los fiscales de la lista nº 7, que llegaron al punto de padecer intimidaciones con armas de fuego y, en todos los casos fueron forzados a retirarse sin poder permanecer hasta el cierre del comicio”. En estas mesas también votaron más del 99 % a la Lista 10 (Una CTA para todos…).

El comunicado denuncia que: “A riesgo de resultar reiterativo, podemos afirmar que en tan sólo nueve mesas del Departamento La Capital de la Provincia de Santa Fe (que representan poco más del 10% del total de mesas habilitadas en dicho departamento), la Lista nº 10 habrí­a obtenido 7.467 votos, superando la totalidad de sufragios que fueron efectivamente emitidos en las siguientes provincias: Córdoba, Mendoza, Salta, San Juan, Neuquén, Rí­o Negro, Santiago del Estero, Corrientes, Formosa, Chaco, Chubut, La Pampa, Santa Cruz, Catamarca, La Rioja, San Luis y Tierra del Fuego”, diecisiete provincias argentinas. También se puede decir, que sumando 11 provincias juntas, la Lista 10, no sacó los resultados que obtuvo en las milagrosas mesas 9 mesas de la capital santafesina.

{{Finalmente, el ridí­culo}}

Hubo mesas en las que votaron más del 100% del padrón (las mesas nº 44, 45, 46, 48 y 81 del Departamento La Capital), llegando al ridí­culo de votar en la mesa 81 el 261% del padrón asignado.

{{El capí­tulo de Amsafe}}

Fueron incluidas 31 mesas volantes cuyos votantes participaron en su 90% votando a la lista 10. Y el comunicado respecto a este tema reza que “cabe señalar que aquellas irregularidades se encuentran en el origen de estos resultados electorales, y no la libre voluntad de los afiliados a esta organización sindical”.

{{Departamento San Javier, impugnado totalmente}}

El comunicado termina solicitando a la Junta Electoral Nacional se anule el resultado de todas estas mesas electorales denunciadas, “por no corresponderse con la libre voluntad de los afiliados en el ejercicio de su derecho de elección de las autoridades sindicales de la Central de Trabajadores de la Argentina Seccional Santa Fe y de las autoridades nacionales de esta organización”.

{{CTA Regional Rosario}}