Pretenden cambiarle la asignación de funciones a enfermeros/as con tareas livianas.
Nuestra organización gremial firmante del convenio colectivo denuncia y aclara a los compañeros que se encuentren en esta situación que ningún cambio de función puede ser realizado unilateralmente por las autoridades del PAMI.
El convenio colectivo de trabajo sostiene el principio de igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y considera como parte de este principio que tanto el personal masculino y femenino deben recibir igual remuneración por igual trabajo.
Por otra parte no se pueden hacer cambios de manera unilaterlal, ya que ante la intención de hacerlo, éste debe ser analizado y aprobado por la{{ Comisión Paritaria Permanente}}, cuyas funciones son analizar y proponer las modificaciones necesarias que puedan producirse en el marco del Convenio sobre la base de las nuevas tareas y competencias requeridas para incorporar innovaciones tecnológicas.
{{En el Artículo 74}}.- El trabajador que se considere afectado por la incorrecta aplicación decisoria de la superioridad, sobre un tema en particular, que lo involucre personalmente, podrá recurrir ante las autoridades a través de los representantes gremiales, los cuales de verificar la situación planteada, ejercerán el derecho de defensa del trabajador (conforme lo previene la Ley 23551).
El Convenio Colectivo de Trabajo aprobado en el mes de mayo del año 2005 establece claramente que las condiciones del trabajador no pueden ser modificadas fuera de los términos de la homologación del convenio.
{{LOS Artículos 110 y Artículos 112}} son muy precisos.
{{ARTICULO 110:}} “Las partes convienen expresamente que en todos los casos en que las condiciones de trabajo sean superiores a las establecidas en este convenio, se mantendrán en dicha situación y no podrán ser reducidas invocando su adecuación a los términos convencionales.”
{{ARTICULO 112:}} “A partir de la entrada en vigencia del presente C.C.T., no serán de aplicación, en la parte pertinente, aquellas normas y resoluciones del Instituto y sus disposiciones reglamentarias que en todoo en parte se opongan a lo establecido en el mismo”.
Compañero, cualquier duda consulte con los delegados de ATE