Fondo Federal del Salario

Proyecto de Ley de la ATE entregado al Congreso Nacional

FONDO FEDERAL DE SALARIOS DEL SECTOR PíšBLICO ARGENTINOARTICULO 1º: Crease el Fondo Federal de Salarios del Sector Público Argentino.

ARTICULO 2º: Son objetivos del Fondo Federal de Salarios:

a) Propender al cumplimiento del principio de “a igual tarea, igual remuneración” y al mejoramiento progresivo del salario del Sector Público.

b) Contribuir a la compensación de las desigualdades y retrasos en los salarios del Sector Público.

c) Contribuir a que ningún trabajador del Sector Público Argentino reciba una retribución inferior a un salario mí­nimo vital garantizado, el que debe mejorar sustancialmente las condiciones de vida de los trabajadores del Estado en todas sus modalidades.

d) El salario mí­nimo vital garantizado, será el que se determine de acuerdo al mecanismo establecido en el artí­culo 10º de la presente ley.
Quedan comprendidos todos los trabajadores, cualquiera sea su relación contractual, del Sector Público Nacional, de las Provincias, de la Ciudad de Buenos Aires y de los Municipios, comprendiendo a los distintos poderes de gobierno de cada jurisdicción.

ARTICULO 3º: Es finalidad del Fondo Federal de Salarios contribuir a alcanzar un salario mí­nimo vital garantizado que asegure a cada trabajador, sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.

ARTICULO 4º: Constitúyase el Fondo Federal de Salarios del Sector Publico Argentino con un incremento de los recursos anuales coparticipables correspondientes a las provincias y a la Ciudad de Buenos Aires en el Régimen de la Ley Nº 23.548 y sus modificatorias y complementarias.

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