¡Más motivos y marco para exigir su cumplimiento!

Rosario, 29 de mayo de 2013.- En la sección legislación y decretos del boletí­n oficial de la República Argentina se publicó en el dí­a de la fecha el Decreto nro. 603 que deja reglamentada la Ley 26.657, que regula la protección de los derechos de personas con padecimiento mental en nuestro paí­s. Dicho decreto cita los derechos reconocidos por la Constitución Nacional y todos los Tratados Internacionales de rango Constitucional, ” los derechos de toda persona a la mejor atención disponible en salud mental y adicciones, al trato digno, respetuoso y equitativo, propugnándose la responsabilidad indelegable del Estado en garantizar el derecho a recibir un tratamiento personalizado en un ambiente apto con modalidades de atención basadas en la comunidad, entendiendo a la internación como una medida restrictiva que sólo debe ser aplicada como último recurso terapéutico”. Una acción requerida por trabajadores de la salud desde hace mucho tiempo.Compartir Facebook




A través de un comunicado publicado en la web de ATE Rosario, los trabajadores de la salud decí­an que “a más de 2 años de sancionada la ley Nacional de Salud Mental y a 22 años de la Ley Provincial de Salud mental, los trabajadores dependientes del Ministerio de Salud, exigimos de modo urgente a las autoridades del mismo que se dé respuesta y tratamiento a las graves situaciones del campo de la salud que perpetúan el estado de precariedad de las condiciones de trabajo y asistencia”. La urgente respuesta todaví­a no ha llegado y el estado de las condiciones de trabajo y asistencia continúan igual, a pesar, ahora de haberse reglamentado la nueva esta nueva Ley.

Para leer el texto del Decreto sobre la reglamentación de la ley…
http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/Index.castle

Notas relacionadas…
http://www.aterosario.org.ar/article2371.html

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