Rosario, 30 de agosto de 2010. La Sra María Esther Cruz que se desempeña como Directora del Instituto Superior de Educación Física ubicado en la Avendida Dante Alighieri al 2500 de nuestra ciudad incurre a diario en faltas cuando le niega a los trabajadores, en este caso de la Asociación Trabajadores del Estado, la posibilidad de utilizar recursos gremiales amparados por la ley de Asociación Sindical Nº23.551, el decreto 1919/89 y los articulados de la Ley 825 correspondiente al escalafón no docente de la provincia Santa Fe.- . La preocupación de ATE ante las faltas reiteradas de la autoridad máxima de la escuela, fue presentada en varias oportunidades sin obtener resultado favorable, a pesar del compromiso asumido ante los trabajadores, de otorgar respuesta favorable al reclamo.
La Delegada ATE Graciela Waigandt quién fuera informada en tiempo y forma al Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación sobre su rol de delegada en la escuela viene sufriendo descuentos en sus haberes, desde el mes de abril. El castigo se debe a que la Señora María Esther Cruz viene trasladando a las autoridades del Ministerio de Educación, los “Permisos Gremiales” previsto por el Régimen de Licencias y Franquicias (Decreto 1919/89), de manera injustificada, perjudicando con este concepto la carrera administrativa de la compañera.
SIN NINGUNA EXPLICACIí“N PERSISTE EN DESCONOCER SUS FUEROS SINDICALES Y PRESIONA A LA COMPAí‘ERA PARA QUE CESE EN SU REPRESENTACIí“N GREMIAL DE LA MANERA MíS BAJA Y ARTERA: REALIZíNDOLE DESCUENTOS EN SU YA HUMILDE SUELDO DE PORTERA.
Claramente no encontramos en una violación por parte del Ministerio de
Educación a través del ISEF Nº 11 de derechos sindicales protegidos por el art. 14 bis de la Constitución Nacional, así como por diversos Tratados Internacionales de Derecho Humanos como la Declaración de los Derechos y Deberes del Hombre, la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana de Derechos Humanos, sino como también en el art. 13 de la reglamentación del art. 75 del Estatuto de ATE -homologado por Resolución Nº 128/07 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación
Es inadmisible que transcurriendo un nuevo siglo, haya en la ciudad de Rosario, autoridades que desconozcan el funcionamiento legal de una paritaria, que desde el año 2007, tiene a ATE como uno de sus protagonistas, se le niegue el derecho de ejercer libremente a la delegada de una escuela, que cumple el rol de portera y que en un salario menor a los $2000 se le descuente arbitrariamente la suma fija de $300 mensuales.
Hacemos responsable directamente a la que tomando la decisión en este caso la Directora del establecimiento inclusive sin oir las recomendaciones de las autoridades del Ministerio de Educación que han facultado a la Sra. Cruz que revea en adelante la situación, y reintegre vía los descuentos a la compañera, ocasionando a su Salario mensual una fragante violación a al Constitución Nacional Argentina.
Este debe ser un punto de partida para que además se resuelvan en las escuelas un nuevo llamada a inscripción para porteros, debido a que el escalafón se encuentra agotado, se titularicen los porteros, se otorguen las franquicias correspondientes por ley para que alguna vez este lugar sea entendido como debió ser siempre, un lugar de trabajo público y garantizado por la administración del Gobierno de la provincia. La Educación lo merece.
ASISTENTES ESCOLARES NUCLEADOS EN ATE
{{Equipo de Comunicación ATE – CTA Rosario}}